La actividad
ilícita no encuadra en el concepto de “
trabajo” y así lo estableció el más alto Tribunal de la Provincia de Buenos Aires en ejemplar fallo.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en los autos "Colombo A. M. c/Policía Bonaerense s/Indemnización por enfermedad accidente Ley 24028", en fecha 28/05/10, confirmó la sentencia de un Tribunal de Trabajo que rechazó una demanda contra la Policía de la Provincia, por cobro de indemnización por enfermedad...
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